martes, marzo 25, 2025

RESUMEN EJECUTIVO – SOBRE EL REGISTRO UNICO PARA LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL (RUAT)

PRIMER SEGUIMIENTO AL INFORME INF D.A.I. Nº 013/20 DE LA AUDITORIA ESPECIAL SOBRE EL REGISTRO UNICO PARA LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL (RUAT) INMUEBLES PERTENECIENTES AL DISTRITO I, DE LA ZONA TRIBUTARIA II, DEL MUNICIPIO DE QUILLACOLLO GESTION 2018

  1. ANTECEDENTES

En cumplimiento al programa operativo de actividades correspondiente a la gestión 2020, se realizó el examen de PRIMER SEGUIMIENTO AL INFORME INF D.A.I. Nº 013/20 DE LA AUDITORIA ESPECIAL SOBRE EL REGISTRO UNICO PARA LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL (RUAT) INMUEBLES PERTENECIENTES AL DISTRITO I, DE LA ZONA TRIBUTARIA II, DEL MUNICIPIO DE QUILLACOLLO GESTION 2018, de acuerdo a los Artículos 15 y 27, inciso e) de la Ley Nº 1178 del 27 de Julio de 1990, Normas Generales de Auditoria Gubernamental (219 Seguimiento), aprobados mediante Resolución Nº CGE /094/2012 de 27 de agosto de 2012 y Decreto Supremo 23318-A Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública de 03 de noviembre de 1992 .

Como resultado de la auditoria mencionada han surgido deficiencias sobre aspectos contables y de control interno, que se considera oportuno informar para conocimiento y acción correctiva por parte de los ejecutivos de la entidad.

  • RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN

Del examen de evaluación realizado surgieron los siguientes resultados del Cumplimiento y/o Incumplimiento de las recomendaciones del Informe INF D.A.I. 013/20:

  • RECOMENDACIONES IMPLANTADAS
  • Inmuebles que no Realizaron el pago del impuesto a Bienes Inmuebles del Municipio.(Deficiencia N°15 – R.1)
  • RECOMENDACIONES NO IMPLANTADAS
  • Inexistencia de Reglamento Específico del Registro Único para la Administración Tributaria Municipal RUAT Inmuebles. (Deficiencia N° 1 – R.1 y R.2)
    • Inexistencia de Manual de Organización y Funciones en la Dirección de Catastro. (Deficiencia N° 2 – R.1)
    • Inadecuado manejo de archivo (Carpetas de Contribuyentes) de la Dirección de Catastro Urbano. (Deficiencia N° 3 – R.1 y R.2)
    • Inexistencia de Normativa que Apruebe y regule los Requisitos Mínimos Exigidos para la realización de los Tramites de RUAT Inmuebles. (Deficiencia N° 4 – R.1 y R.2)
    • Inconsistencia de los Requisitos Establecidos para la Realización de Trámites en la Dirección de Catastro y el Sistema RUAT. (Deficiencia N° 5 – R.1)
    • Falta de documentación en trámites realizados por los Técnicos de la Dirección de Catastro durante la Gestión 2018. (Deficiencia N° 6 – R.1)
    • Desbloqueos realizados en el Sistema RUAT de Inmuebles Observados sin Respaldo Legal. (Deficiencia N° 7 – R.1 y R.2)
    • Formularios de Inspección Procesados en el Sistema RUAT Tipificados como Declaración Jurada que no cuentan con Autorización. (Deficiencia N° 8 – R.1)
    • Inexistencia de Formularios de Inspección y/o Declaración Jurada de los inmuebles. (Deficiencia N° 9 – R.1)
    • Inexistencia de Códigos Catastrales y falta de tributación de los mismos. (Deficiencia N° 10 – R.1)
    • Observaciones a los Tramites de Prescripciones del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles gestión 2018. (Deficiencia N° 11 – R.1 y R.2)
    • Tramites de Exenciones del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles Sin Documentación de Respaldo. (Deficiencia N° 12 – R.1)
    • Falta de coordinación entre la dirección De Urbanismo y Dirección de Catastro. (Deficiencia N° 13 – R.1)
    • Diferencias Encontradas en las Inspecciones a Inmuebles, Esenciales para la Determinación de la Base Imponible del Impuesto Municipal a la Propiedad De Bienes Inmuebles. (Deficiencia N° 14 – R.1)

Quillacollo, 30 de diciembre de 2022

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